El pasado 8 de marzo en la manifestación feminista de Plaza Nueva en Sevilla, tres hombres se dedicaron a insultar a las mujeres llamándolas «golfas» y «guarras que no trabajan» mientras lo grababan en vídeo. La titular del juzgado de Instrucción número 11 de Sevilla, Cristina Loma Martínez, ha confirmado la apertura del juicio contra los tres individuos por ser presuntos autores de un delito tipificado en el artículo 510 del Código Penal, informa FACUA.
«En la Plaza Nueva con todas estas guarras que no trabajan. Míralas… todas», se podía oír en el viralizado vídeo. «Lo que hay es que fregar más, son unas golfas», añadía uno de los hombres. «Hay que fregar un poquito más».
El artículo 510 del Código Penal hace referencia a proteger a determinados colectivos de manifestaciones públicas que lesionen la dignidad o fomenten el odio, la hostilidad, discriminación o violencia «contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél».
La sentencia ligada al incumplimiento de este artículo va desde los seis meses de prisión a dos años, y una multa de seis a doce meses. Establece las mismas penas para quienes «produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier clase de material que por su contenido sean idóneos para lesionar la dignidad de las personas por representar una grave humillación a alguno de los grupos mencionados».