El Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga ha condenado a la mujer acusada de participar en la llamada Gran Procesión del Santo Chumino Rebelde con nueve meses de multa con una cuota diaria de 10 euros por delito contra los sentimientos religiosos, además de hacerse cargo de las costas del juicio.
La sentencia le absuelve del delito de provocación a la discriminación, al odio y la violencia. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
Desde la Asociación de Abogados Cristianos, aseguran que «las ofensas gratuitas, innecesarias y deliberadas contra los católicos no pueden quedar impunes si queremos vivir en un estado democrático».
El juez considera probada la participación de la condenada en una «especie de procesión» vestida con una peineta y con una vela grande en la mano, portando «lo que se antoja una imitación de un paso de Semana Santa, cuya imagen es una vagina de grandes dimensiones», mientras emitían proclamas como «vamos a quemar, vamos a quemar la Conferencia Episcopal», o «Ni en el nombre del Padre, ni del Hijo, sino en el de Nuestro Santísimo Coño».