Una empresa de recogida de animales rescata y se hace cargo de un Yorkshire terrier que se encontraba en condiciones pésimas en una casa en Roquetas de Mar. Éste padece deshidratación severa, caquexia, mal estado general, distenia y ataxia. Se encuentra además el cadáver de otro perro, que había consistido en su único medio de alimento. Muere a las 48 del rescate.
El Juzgado de lo Penal número 1 de Almería daba por tanto por probado que durante no sabemos cuánto tiempo antes del día del rescate, 8 de marzo de 2013, la acusada, su dueña, les mantenía bajo las condiciones mínimas de alimentación y salubridad. Por este motivo se le ha aplicado el artículo 337 del Código Penal, que castiga con tres meses y un día a un año de prisión el maltrato injustificado a un animal.
Se le ha impuesto, por tanto, una pena de tres meses de prisión, pena suspendida a condición de que no delinca durante dos años, además de quedar inhabilitada durante un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con los animales y su tenencia.