Este 9 de junio ha sido aprobada la llamada ‘Ley Rhodes’, una ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia; tal y como ha anunciado el vicepresidente segundo del Gobierno Pablo Iglesias.
«La aprobación de esta ley va a ser un paso histórico para que las generaciones actuales y futuras de niños, niñas y adolescentes puedan crecer libres de violencia», afirmó Iglesias, enfatizando que «no solo va a contribuir a frenar la reproducción de una realidad execrable, como es el maltrato y la violencia contra niños, sino que también va a ayudar a prevenir muchas de las peores consecuencias físicas, emocionales y psicológicas».
La Ley Rhodes establece un marco jurídico especial para proteger a niños y adolescentes de posibles abusos e incluye medidas de prevención, actuación en el nivel educativo, redes sociales, servicios sociales, sanidad, regulación de la publicidad y justicia, entre otras áreas.
La ley se estructura en 58 artículos que incitan «todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas necesarias para proteger al niño, niña o adolescente frente a cualquier forma de violencia, perjuicio, abuso físico o mental, descuido o negligencia, malos tratos o explotación».
Este nuevo proyecto garantiza el derecho de los menores víctimas de violencia a obtener información, acorde con su situación personal y madurez, apoyo y atención terapéutica, así como la posibilidad de «personarse en los procedimientos judiciales que se sigan», cuya asistencia será gratuita. También fomenta la formación especializada a jueces y fiscales «en materia de derechos fundamentales de la infancia y la adolescencia».
Esta ley amplía el tiempo de prescripción «de los delitos más graves cometidos contra las personas menores de edad, modificando el día de comienzo de cómputo del plazo: el plazo de prescripción se contará a partir de que la víctima haya cumplido los 30 años de edad», que hasta el momento comenzaba a contar cuando la víctima llegaba a los 18 años.
De igual forma, «se endurecen las condiciones para el acceso al tercer grado de clasificación penitenciaria, a la libertad condicional y a los permisos penitenciarios» de los condenados por delitos que atenten contra la libertad sexual de los menores de 16 años. A los condenados por asesinato se le quitará la patria potestad cuando el autor y la víctima tuvieran en común un hijo o una hija y cuando la víctima fuera hijo o hija del autor.
La ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia introduce en los delitos de odio la edad, la aporofobia y la exclusión social como motivo de discriminación.
El proyecto también crea la figura del coordinador en centros educativos, que, con el fin de detectar y evitar el acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra forma de violencia, intervenga ante cualquier indicio.
También se crea la figura del delegado de protección en las entidades que ofrecen actividades deportivas o de ocio, cuya misión es informar y apoyar a los niños y adolescentes de los protocolos de actuación frente a la violencia.