Tras decretar este sábado el estado de alarma en todo el territorio, el Gobierno ha anunciado la nueva medida, limitar los movimientos dentro del país. Esta entrará en vigor a partir del lunes 16 de marzo a las 18.00 horas.
La medida tiene las siguientes excepciones: Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros sanitarios, desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; y cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada. Los vehículos privados se podrán utilizar para estas tareas y «para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio».
Las medidas durarán un mínimo de 15 días, que se podrán extender con el visto bueno del Congreso.
Los servicios de transporte públicos y privados continuarán abiertos para que los ciudadanos puedan desplazarse para las excepciones antes citadas. No obstante, las empresas de transporte se verán obligadas a reducir a la mitad la venta de billetes.
«Los agentes de la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las personas, bienes, vehículos, locales y establecimientos que sean necesarias para comprobar y, en su caso, impedir que se lleven a cabo los servicios y actividades suspendidas en este Real Decreto, salvo las expresamente exceptuadas. Para el eficaz cumplimiento de las medidas incluidas en el presente Real Decreto, las autoridades competentes podrán requerir la actuación de las Fuerzas Armadas«, indica el texto.