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El Tribunal Constitucional decide que quemar la bandera de España es delito de ultraje a la nación

El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado la ponencia del magistrado conservador, Manuel Ollero, que proponía conceder el amparo al dirigente de la Confederación Intersindical Galega Pablo Fragoso y anular, así, la multa de 1.260 euros por autoría de un delito de ultraje a España.

La ponencia fue rechazada y el magistrado Ollero ha desistido de rehacer su texto conforme a lo votado por la mayoría, por lo que se tendrá que redactar una sentencia que desestime la petición de amparo solicitada.

Fragoso instó a quemar la «puta bandera» de España durante una manifestación ante el Arsenal Militar de Ferrol, en A Coruña, el 30 octubre del 2014 durante el izado de la bandera. Al mismo tiempo, varias personas que se encontraban con Fragoso, se concentraban ante el edificio de la Armada en protesta por un conflicto laboral de las trabajadoras de limpieza. El condenado ha negado que se dijera eso y sostiene que todo fue «una invención del almirante» jefe del Arsenal Militar.

La ponencia que fue rechazada proponía dar el amparo recordando la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre libertad de expresión como ya ocurrió en 2018 cuando se dictó que quemar una foto de los reyes no vulnera la libertad de expresión.

 

Escrito por L. Acosta

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