El Tribunal Supremo no ha admitido un recurso impuesto por Iberia, y ha declarado abusivas varias cláusulas del contrato de transporte de la aerolínea denunciadas por la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios).
Una de estas cláusulas es la «No Show», que obliga a los pasajeros a realizar el viaje de ida si quieren hacer el de vuelta. Según la OCU, esto impedía al cliente poder obtener tarifas ventajosas, o viajar con diferentes compañías.
Otras de las cláusulas son las que permitían a la aerolínea a utilizar aviones de terceros, modificar escalas, no responsabilizarse en caso de pérdida de enlaces entre vuelos, o una cláusula sobre pasajeros con billete de familia numerosa pero que no pueden aportar el título.
En 2011, la OCU denunció a Iberia por algunas de sus cláusulas. El Juzgado Mercantil y la Audiencia Provincial consideraron abusivas las cláusulas G1, G2 y G4, las declararon nulas y ordenaron a la aerolínea a dejar de aplicarlas. Iberia recurrió las sentencias al Supremo y, tras la desestimación del recurso, tendrán que pagar los costes. Han señalado que están analizando la sentencia y tomarán las medidas necesarias para ejecutar el fallo.
Para la OCU, esta sentencia evitará que Iberia y otras aerolíneas realicen prácticas abusivas, y consideran que se facilitarán las reclamaciones de los consumidores. También lamentan lo mucho que se ha tardado en llegar a esta sentencia, desde que interpusieron la denuncia hace siete años.