No respetar el estado de alarma supone una serie de delitos e infracciones administrativas recogidas en el Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana.
Los delitos de «incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la autoridad» serán castigados con una pena de hasta cuatro años de prisión. Por otro lado, la aplicación de la Ley de Seguridad Ciudadana supone una sanción por falta grave con multas que oscilan entre 600 y 30.000 euros.
La orden de Interior que desarrolla el estado de alarma ha puesto al mando del titular de la cartera a todas las policías estatales, autonómicas y locales y obliga a la seguridad privada a actuar al mando de las autoridades.
Desde el Ministerio del Interior han recordado que el incumplimiento de las leyes vigentes durante este periodo especial puede ser castigado de distintas formas recogidas en el ordenamiento jurídico vigente, por lo que cabe la aplicación de otras multas y delitos.