El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Valencia ha anulado la reserva de plazas para mujeres en el proceso selectivo de agentes de la Policía Local por el turno de movilidad correspondiente a la oferta de empleo público de 2017.
El magistrado ha estimado el recurso interpuesto por uno de los aspirantes contra el consistorio valenciano, por lo que se declara nula y no ajustada a derecho la reserva del 30% para mujeres. Además, el juez ha reconocido el derecho del demandante a ser incluido en el puesto décimo de entre los aprobados con efectos administrativos y económicos desde febrero del año 2020.
De esta manera, estima que las bases de la convocatoria demandada carecen de legalidad al haber establecido una reserva no prevista en la norma legal en la que se amparan, por lo que debe retirarse.