in

Un hombre que acuchilló e intentó asfixiar a su mujer, condenado solo por «maltrato ocasional» por los mismos jueces de La Manada

Luis Carmona

Los jueces de la Audiencia Provincial de Navarra que juzgaron a «La Manada» han condenado a diez meses de cárcel a un hombre que acuchilló y trato de estrangular a su mujer delante de sus hijos. Lo han condenado por un delito de «maltrato ocasional«, en lugar de uno de tentativa de homicidio.

El agresor y la víctima llevaban seis meses separados. El día de los hechos, a tres días de firmar el divorcio, el hombre acudió al domicilio en el que la mujer vivía con sus dos hijos de ambos, para desmontar un ordenador. Durante una discusión, el hombre cogió un cuchillo de cocina de unos 15 centímetros de hoja y se acercó a la mujer «portando en su mano derecha el cuchillo, que esgrimió dirigiéndolo hacia ella, siendo consciente de que con tal acción podía poner en peligro su vida«.

En un forcejeo, la mujer sufrió «una herida incisa muy superficial, de 1 cm de trayectoria lineal irregular». Cayeron al suelo, y el agresor «agarró con su mano izquierda el cuello de [la mujer] presionando fuertemente en la zona peritraqueal, hasta que comprobó que ésta gesticulaba angustiosamente, le estaba haciendo daño, tosía, e igualmente le faltaba el aire«. Los niños estaban ahí, y la hija, de seis años, llegó a rogar «déjala, no la mates«. Según la sentencia, el hombre, «al ver su creciente estado de asfixia, de modo consciente y voluntario dejó de apretar el cuello, poniendo fin a la situación de peligro para su vida».

Es por esto último que los jueces han rechazado el delito de intento de homicidio. Según la sentencia, el agresor «cesó la situación de peligro para su vida, y la causa directa de la no producción de resultado mortal no fue otra que la voluntaria interrupción de los actos que hubieran podido causar la efectiva muerte».

De los ocho años y medio de prisión que pedía la Fiscalía y los diez que pedía la acusación particular, los magistrados lo han dejado en solo diez meses. «Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa«, admitían, pero añadían que esa tentativa «fue desistida de forma eficaz«.

Ha sido condenado con los agraventes de haberlo hecho en presencia de menores, con arma blanca, y en el domicilio común; y con el atenuante de trastorno mental, pues estaba sometido a estrés y tratamiento psiquiátrico. Además de diez meses de prisión, la sentencia le condena a dos años y medio sin poder ejercer la patria potestad de sus hijos, y le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la mujer y los niños.

Escrito por Mikel G.

Milagros, la abuela con alzheimer que acaricia a su nieta para «no olvidarla»

Una pizzería de Barcelona cancela una reserva cuando se entera de que el cliente era Vox