Una sentencia del Juzgado de lo Social número 9 de Murcia ha declarado nulo el despido de una empleada de supermercado de la localidad de Puerto Lumbreras.
El despido tuvo lugar el 20 de abril de 2020, cuando la trabajadora comunicó que tenía síntomas compatibles con el coronavirus y el médico de cabecera le dio la baja laboral. Esa misma tarde, sobre las 20 horas, le llegó en forma de mensaje de texto al móvil una carta certificada de despido, justificado por «motivos disciplinarios».
Según declaraciones a ‘Eldiario.es’ del abogado de la trabajadora, Félix Pérez, en ese momento la mujer sintió «la angustia de tener coronavirus, algo muy nuevo todavía en aquel momento, y de tener que pasar una cuarentena en casa, acompañada de su hija pequeña, por una enfermedad que le había hecho perder su empleo, argumentando la empresa además que no había hecho bien su trabajo».
Al día siguiente, una inspección de trabajo exigió a la empresa una serie de documentos que acreditara el despido. Tras la investigación, se valoró por una parte un expediente administrativo, y por otra, según el letrado, «una vulneración de derechos de los trabajadores», y se impuso por ello una sanción económica de 6.251 euros.
De forma paralela, la trabajadora y su abogado ya habían interpuesto una demanda en la que se reclamaba al juzgado la nulidad del despido y una indemnización por daños morales de 6.250 euros. Finalmente, el juez ha dado la razón a la mujer y ha establecido la nulidad del despido, la readmisión de la trabajadora y el pago de la compensación económica, estimando el suceso como «contrario a los derechos fundamentales» por infringir «los principios de igualdad, y prohibición de discriminación, del artículo 14 de la Constitución Española, y del derecho a la integridad física y a la salud, del artículo 15, basándose en que la trabajadora podía estar infectada por un virus altamente contagioso».
Esta es la primera nulidad de despido a causa del coronavirus en España. Según el abogado, con otro tipo de enfermedad no se habría declarado la nulidad, sino que se habría tratado de un despido improcedente. «Pero el juez considera que el coronavirus es una enfermedad estigmatizante, debido a su connotación negativa», ha contado.