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Absuelto un acusado de violar y maltratar a su novia menor de edad en Valladolid: «Ella aceptó»

Manifestación feminista. Twitter

La Audiencia Provincial de Valladolid ha absuelto a un hombre acusado de violar, maltratar y coaccionar a su novia, de 15 años. El juzgado considera que no ha sido probado que la menor fuera forzada a mantener relaciones sexuales mediante violencia ni que fuera maltratada.

Así, se desestima la petición de 25 años de cárcel de la Fiscalía. No obstante, sí se condena al acusado a seis meses de cárcel por un delito de coacciones por los mensaje amenazantes que envió a la adolescente cuando terminó la relación.

Los jueces sostienen que se trataba de una relación «tóxica» y que los mensajes que el acusado envió a la víctima cuando dejaron de verse «no dejan lugar a dudas sobre la intención de infundir temor serio y real». Sin embargo, y a pesar de que la Audiencia Provincial considera que la declaración de la menor es coherente, «coincidente y sin contradicciones», estima que se trata de un relato «débil y carente de corroboración periférica».

A estos fallos en el relato «contribuye severamente la actitud de la propia víctima, al continuar con la relación durante más de un mes». Por esto, la sentencia no tiene en cuenta la declaración de la víctima ante la Policía ni durante el juicio.

Según el relato de la adolescente, el 3 de agosto de 2018 fue agredida por su novio en el domicilio del acusado. Ella no quería mantener relaciones sexuales y él la obligó a base de violencia, tras atarle los brazos a las patas del sofá y desnudarla, todo en contra de su voluntad, algo que ella le manifestó «expresamente» mientras intentaba defenderse sin éxito.

La Sala asegura que que no existe ningún dato objetivo que demuestre que la menor no quería mantener relaciones sexuales. «No hay signo físico alguno, evidencia física alguna, en dicho momento, de que hubiera empleado la violencia que ella relata. No hay desgarros, no hay hematomas, no hay, como decimos, ningún rastro físico. Y no hay corroboración periférica objetiva, mínimamente, que avale sin fisuras la versión que ofrece la víctima. Porque, además, después de sufrir dicha agresión, como ella dijo en el juicio oral, le perdonó y continuaron manteniendo relaciones sexuales completas».

La sentencia también considera que las relaciones fueron consentidas, a pesar de que la víctima solo tenía 15 años y la ley establece la edad de consentimiento a los 16. El Código Penal excluye el delito cuando la otra persona tiene una edad similar a la del menor y las relaciones son consentidas.

«No podemos entender acreditado que se mantuvieran dichas relaciones basadas en la desigualdad que supone el dominio de la relación por parte del acusado, sino que las asume libremente, las acepta y las consiente. como parte de la relación, no está obedeciendo sino ejerciendo su sexualidad libremente con el acusado, si bien en el ámbito de una relación que, éticamente, no penalmente, pudiera entenderse reprobable», concluye la sentencia.

Escrito por M. Zafra

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