El Gobierno aprobó este domingo un nuevo decreto de estado de alarma que ofrece «garantías jurídicas uniformes» en toda España para poder llevar a cabo sin restricciones jurídicas las decisiones que se aprobaron el pasado jueves en el Consejo Interterritorial de Salud.
A partir de este lunes, se establece la prohibición de viajar a otras comunidades autónomas salvo motivos justificados, restricciones a la movilidad nocturna, y restricciones para los locales. A continuación, os adelantamos toda la información sobre cada apartado.
Niveles de alerta
En este nuevo decreto se han establecido tres niveles de alertas, también llamado ‘semáforo’, que indicará, de menor a mayor, la gravedad de la situación sanitaria en cada comunidad autónoma. Estos indicadores evaluarán el nivel de transmisión, la capacidad de diagnóstico precoz de casos, el nivel de gravedad, control de transmisión y el estado de los centros sociosanitarios.
Cada nivel irá con unas medidas especiales pensadas para intentar contener el virus.
Restricciones de movilidad nocturnas.
En los tres niveles, se restringe la movilidad nocturna general desde las 23.00 a las 06.00 horas en todo el país, excepto en Canarias. Cada comunidad autónoma podrá mover el inicio y final de la restricción una hora. Es decir, cada CCAA podrá decidir si su horario restrictivo será de 22.00 – 00.00 a 05.00 – 07.00.
Las Comunidades Autónomas podrán levantar estas restricciones a partir del 9 de noviembre en función de cómo evolucione su situación epidemiológica.
Relaciones sociales y familiares, privado y público
Se mantiene, en los tres niveles, la prohibición de fumar en la vía pública cuando se pueda mantener la distancia de seguridad (1,5 metros), la prohibición de fumar en terrazas, y de comer y beber en espacios públicos cuando no sea posible mantener la distancia.
En cuanto a las reuniones sociales, las comunidades autónomas serán las que limiten el número máximo de personas permitidas. De momento, las regiones que ya limitan las reuniones sociales (privadas y públicas) a un máximo de seis personas son: Aragón, Asturias, Extremadura, Comunidad de Madrid, Catalunya, Castilla y León, Región de Murcia, Navarra, La Rioja, Ceuta y Melilla, Islas Baleares, Comunidad Valenciana, Andalucía. En Galicia, el máximo, de momento, es de diez personas.
Trabajo
En los tres niveles de alerta se recomienda y fomenta el teletrabajo, además de favorecerse los turnos escalonados en trabajos que requieren sí o sí actividad presencial.
Hostelería y comercios
En el nivel 1, la hostelería podrá abrir con un 75% de aforo interior, con ocupación máxima de 10 personas por mesa, garantizando la distancia de seguridad de 2 metros entre las sillas y mesas. En cuanto a los comercios, en este nivel el aforo no podrá superar el 75%. Si no es posible garantizar la distancia de seguridad, se limita el aforo a 1 cliente. Los mercadillos solo podrán tener el 75% de los puestos autorizados normalmente.
En el nivel 2, la hostelería podrá abrir con un 50% de aforo, con ocupación máxima de 6 personas por mesa y manteniendo la distancia de 2 metros entre ellas. En cuanto a los comercios, las medidas serán las mismas que en el nivel 1.
En el nivel 3, la hostelería estará sujeta a la valoración por parte de la autoridad sanitaria al cierre de las zonas interiores de los establecimientos y/o reducir los aforos al mínimo. Los locales podrán ofrecer servicios a domicilio en este y en los otros dos niveles. En cuanto a los comercios, el aforo será de 1/3 del local. Si no se puede mantener la distancia de seguridad, se restringirá el aforo máximo a un cliente. Los mercadillos podrán abrir un 50% de los puestos.
Lugares de culto, velatorios y ceremonias
En el nivel 1, se limitará el aforo al 75% en espacio cerrados, con un máximo de 50 personas, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
En el nivel 2, se limitará el aforo al 50% en espacios cerrados, con un máximo de 30 personas.
En el nivel 3, se limitará el aforo a 1/3 en espacios cerrados, con un máximo de 10 personas.
Actividad física y deporte.
En el nivel 1, se permitirán los eventos deportivos no profesionales no federados garantizando las medidas de distancia, higiene y prevención en un aforo de 75%.
En el nivel 2, se permiten con un aforo del 50%.
En el nivel 3, se permiten los eventos deportivos no profesionales con un aforo de 1/3 siempre que sea en exteriores. El interior será clausurado y se valorará la suspensión de deportes con contacto físico.
Centros educativos, academias, autoescuelas y bibliotecas.
En los tres niveles se mantendrán los centros educativos abiertos durante todo el curso, asegurando los servicios de comedor, apoyo lectivo para menores con necesidades especiales o pertenecientes a familias vulnerables. En caso de brotes, antes de cerrar el centro educativo se valorará la educación semipresencial o adaptación horaria.
En cuanto a las academias, bibliotecas o autoescuelas, en el nivel 1 no habrá restricciones de aforo, garantizando medidas de distanciamiento e higiene y prevención. Las actividades en grupo se sujetarán a las condiciones de reuniones, con un máximo 15 personas.
En el nivel 2, el aforo máximo será del 75% para cada sala y espacios públicos. Las actividades en grupo estarán limitadas a 10 personas.
En el nivel 3, el aforo será del 50% para cada sala y espacios públicos, y las actividades en grupo se limitarán a 6 personas.
Teatros, cines, y espacios culturales.
En el nivel 1 y 2, el aforo máximo será de 75% siempre que se pueda mantener un asiente de distancia en la misma fila o 1,5 metros si no hay asientos.
En el nivel 3, el aforo máximo será del 50% siempre que se pueda mantener la distancia.
Se recomienda no comer ni beber durante el espectáculo, y las entradas serán obligatoriamente numeradas y los asientos serán preasignados.
Parques y espacios públicos.
Permanecerán abiertos en cualquiera de los tres niveles de alerta, pero manteniendo las medidas de distanciamiento e higiene. Se prohíbe el consumo de alcohol y se vigilará que se cumplan las medidas de reunión.