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El Tribunal Supremo sentencia que solo se podrá desahuciar tras 12 meses de impago de la hipoteca

Imagen ilustrativa. GETTY THINCKSTOCK

El Tribunal Supremo ha sentenciado que no se podrá desahuciar a menos que se produzca un impago de 12 meses de hipoteca, incluyendo los casos actualmente judicializados y comenzados antes del último cambio de ley.

La sentencia europea entiende que las cláusulas vencimiento anticipado de préstamos, que permitían a los bancos exigir lo que quedaba de préstamo de golpe si ya había existido un impago, son abusivas. Si una persona es incapaz de pagar una cuota de la hipoteca no va a ser capaz de pagar el resto junto, por lo que los bancos comenzaban a tramitar el desahucio.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sustituyó en marzo esta cláusula, considera abusiva, por la posibilidad de desahuciar al consumidor tras tres impagos. Este miércoles, el Tribunal Supremo ha fijado los criterios establecidos por el TJUE en marzo.

Así, en la primera mitad de la vida del préstamo, el banco podrá iniciar una demanda judicial si hay un impago de, al menos, 12 mensualidades o un 3% del importe del préstamo. Durante la segunda mitad del préstamo, debe acreditar un impago de al menos 15 meses o un 7% del total.

Escrito por M. Zafra

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