El Ayuntamiento de Barcelona ha sancionado por primera vez un caso de discriminación directa por racismo a la hora de alquilar una vivienda. Los propietarios de la misma y la inmobiliaria que intermediaba han recibido una multa de 45.000 euros por negarse a alquilar el inmueble a una persona por ser de origen marroquí, una infracción prevista en la Ley 18/2007 del Derecho a la Vivienda.
El hombre se percató de la discriminación cuando, tras manifestar interés en alquilarlo y acreditar solvencia económica, la inmobiliaria argumentó que se había escogido a otra persona para alquilarlo, pese a que el piso seguía vacío y disponible. Unas semanas más tarde, una persona del entorno del afectado que no es de origen marroquí mostró interés por el piso y el agente inmobiliario se mostró dispuesto a alquilarlo.
De esta forma se pudo probar que el criterio de la propiedad no residía en la solvencia económica sino en motivos racistas. Este caso no tiene precedentes, ya que suele ser muy difícil probar este tipo de discriminación.
Los hechos, sucedidos a principios de 2020, fueron denunciados por el afectado en la Oficina per la No Discriminació (OND) y posteriormente analizados por la Unidad de Disciplina y Antiacoso del Institut Municipal de l’Habitatge i Rehabilitació (IMHAB). Durante el proceso, la propiedad, formada por tres personas físicas, y la inmobiliaria han presentado alegaciones y pruebas, que han sido desestimadas jurídicamente por la Unidad de Disciplina y Antiacoso.
Se trata de la segunda vez que el Ayuntamiento de Barcelona sanciona por discriminación racista en el acceso a la vivienda, aunque el primer caso fue por un piso que se ofrecía solo para españoles.