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Última hora: El Congreso aprueba tramitar la ley de eutanasia con 201 votos a favor y 140 en contra

El Congreso ha aprobado este martes con el sí de todas las fuerzas de la Cámara, menos la del PP, UPN, Foro Asturias y VOX, tramitar la proposición de la ley socialista por la cual España reconocerá por fin el derecho a poner fin a la vida de aquellas personas que padezcan un sufrimiento físico o psíquico insoportable y sin curación posible a la vista.

El PSOE ha podido sacar adelante la tramitación de la Proposición de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia con 201 votos a favor, 140 en contra y dos abstenciones, que corresponden a a el diputado de Teruel Existe Tomás Guitarte y al de ERC Joan Capdevila.

La proposición de ley establece que tendrán derecho a solicitar la ayuda para morir todas las personas (tanto ciudadanos españoles como residentes en España) que sufran «una enfermedad grave e incurable» o, en su caso, «crónica e invalidante» que provoque un sufrimiento «intolerable».

Aquellos que quieran solicitarlo, deberán «disponer por escrito de la información que exista sobre su proceso médico» y «las diferentes alternativas y posibilidades de actuación, incluida la de acceder a cuidados paliativos». Tras esto, el paciente deberá «activarlo» con otra solicitud separada por 15 días la una de la otra. En un máximo de 48 horas su médico valorará si cumple los requisitos y facilitará al paciente información sobre «su diagnóstico, posibilidades terapéuticas y resultados esperables, así como sobre posibles cuidados paliativos».

24 horas después de esto, el paciente deberá decidir si mantiene su decisión de solicitar la eutanasia. Si es positivo, el caso pasaría a manos de un segundo médico que se encargará de corroborar en un plazo máximo de diez días que el enfermo cumple los requisitos para recibirla. Si ese especialista diera el visto bueno, el caso pasaría a la Comisión de Evaluación y Control, que encargará a otras dos personas para que elaboren un informe que sirva de guía al órgano para decidir si se ajusta a las condiciones necesarias para pedir la eutanasia.

Una vez se de luz verde, será el propio paciente quien decida cómo quiere recibir la ayuda para fallecer, con dos opciones: administración directa al enfermo por personal sanitario de una sustancia para causar su muerte, o la prescripción de dicha sustancia al paciente para que se la pueda administrar a sí mismo.

La nueva regulación deja claro que los médicos podrían negarse solo a ser ellos quienes lleven a cabo la eutanasia, pero no podrán negarla en caso de cumplirse los requisitos. El nombre de los profesionales que se encarguen de esta práctica se inscribirán en un registro.

Para ejercer el derecho a la eutanasia, el paciente deberá solicitarlo de forma autónoma salvo que «el médico responsable certifique que el paciente está incurso en situación de incapacidad de hecho permanente». Así, en estos casos se podrá administrar la eutanasia solo a quienes lo hayan dispuesto «con anterioridad en un documento de instrucciones previas o documento equivalente»; el testamento vital. La fallecimiento se registrará como «fallecimiento natural».

 

Escrito por L. Acosta

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